Búsquedas
martes, 18 de febrero de 2014
Decreto 1278 de Junio 19 de 2002
Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por el
artículo 111 de la ley 715 de 2001,
CAPÍTULO IV
Evaluación.
ARTÍCULO 26. Evaluación. El ejercicio de la carrera docente estará ligado a la evaluación permanente. Los
profesionales de la educación son personalmente responsables de su desempeño en la labor correspondiente,
y en tal virtud deberán someterse a los procesos de evaluación de su labor.
La evaluación verificará que en el desempeño de sus funciones, los servidores docentes y directivos mantienen
niveles de idoneidad, calidad y eficiencia que justifican la permanencia en el cargo, los ascensos en el
Escalafón y las reubicaciones en los niveles salariales dentro del mismo grado.
Los superiores inmediatos y los superiores jerárquicos prestarán el apoyo que se requiera para estos efectos y
suministrarán toda la información que posean sobre el desempeño de los docentes y directivos que deban ser
evaluados.
Parágrafo. El Gobierno Nacional reglamentará el sistema de evaluación de los docentes y directivos docentes,
para cada grado y nivel salarial, teniendo en cuenta los criterios y parámetros establecidos en el presente
decreto.
ARTÍCULO 27.Tipos de evaluación: Existirán por lo menos los siguientes tipos de evaluación:
a. Evaluación de período de prueba.
b. Evaluación ordinaria periódica de desempeño anual.
c. Evaluación de competencias.
ARTÍCULO 28. Objetivos de la evaluación. La evaluación tiene como objetivos:
a. Estimular el compromiso del educador con su desarrollo profesional, su rendimiento y la capacitación
continua, en búsqueda del mejoramiento de la calidad de la educación.
b. Conocer los méritos de los docentes y directivos docentes y comprobar la calidad de su actuación frente al
estudiantado y a la comunidad, en lo atinente al desempeño de sus funciones.
c. Medir la actualización pedagógica y los conocimientos específicos, con el fin de detectar necesidades de
capacitación y recomendar métodos que mejoren el rendimiento en su desempeño.
d. Estimular el buen desempeño en el ejercicio de la función docente mediante el reconocimiento de estímulos
o incentivos.
e. Establecer sobre bases objetivas cuáles docentes y directivos docentes deben permanecer en el mismo
grado y nivel salarial o ser ascendidos, reubicados en el nivel salarial siguiente, o separados del servicio,
por no alcanzar los niveles mínimos de calidad exigidos para el desempeño de las funciones a su cargo.
ARTÍCULO 29. Principios de la evaluación. Las distintas evaluaciones se sujetarán a los siguientes principios:
a. Objetividad: prescindencia de criterios subjetivos en las calificaciones asignadas.
b. Confiabilidad: validez de los instrumentos en función de los objetivos de la evaluación.
c. Universalidad: Analogía de los criterios de evaluación para funciones equivalentes, sin perjuicio de
resguardar las especificidades correspondientes.
d. Pertinencia: distribución razonable de las calificaciones en diferentes posiciones que permitan distinguir
adecuadamente desempeños inferiores, medios y superiores.
e. Transparencia: amplio conocimiento por parte de los docentes evaluados de los instrumentos, criterios y
procedimientos de evaluación.
f. Participación: En el proceso de evaluación de desempeño participarán distintos actores incluyendo las
autoridades educativas, los superiores, los colegas, el consejo directivo, los padres de familia y los
estudiantes.
g. Concurrencia: La evaluación del desempeño de los educadores concurrirá con el resultado de logros de
los alumnos, y en el caso de los directivos concurrirá con los resultados de la institución.
ARTÍCULO 30. Alcance de la evaluación. La evaluación de los docentes y directivos docentes comprenderá al
menos la preparación profesional, el compromiso y competencias, la aplicación al trabajo, y medirá de manera
objetiva la responsabilidad profesional y funcional; la formación o perfeccionamiento alcanzado; la calidad de
desempeño; la capacidad para alcanzar los logros, los estándares o los resultados de sus estudiantes, y los
méritos excepcionales.
ARTÍCULO 31. Evaluación de período de prueba. Al término de cada año académico se realizará una
evaluación de período de prueba, que comprenderá desempeño y competencias específicas, y a la cual
deberán someterse los docentes y directivos docentes que se hayan vinculado durante dicho año, siempre y
cuando hayan estado sirviendo el cargo por un período no menor a los cuatro (4) meses durante el respectivo
año; de lo contrario, deberán esperar hasta el año académico siguiente.
Los docentes y directivos docentes que obtengan una calificación igual o superior al sesenta por ciento (60%)
en la evaluación de desempeño y de competencias del período de prueba, la cual se considera satisfactoria,
serán inscritos en el Escalafón Docente, en el grado que les corresponda de acuerdo con los títulos académicos
que acrediten, según lo dispuesto en el artículo 21 de este decreto.
Los docentes que obtengan una calificación inferior al sesenta por ciento (60%) en la evaluación de desempeño
o en competencias, serán retirados del servicio.
Los directivos docentes que obtengan una calificación inferior al sesenta por ciento (60%) en des empeño o en
competencias en la evaluación del período de prueba, si se encontraban inscritos en el Escalafón Docente,
serán regresados a la docencia una vez exista vacante. Si no se encontraban inscritos, serán retirados del
servicio.
Parágrafo. Quien sin justa causa no se presente a una evaluación de período de prueba será retirado del
servicio, a menos que provenga del servicio docente estatal, en cuyo caso será reubicado en la docencia y
devengará el salario que corresponda a dicho cargo, de acuerdo con el grado y nivel salarial que poseía.
ARTÍCULO 32. Evaluación de desempeño. Entiéndese por evaluación de desempeño la ponderación del
grado de cumplimiento de las funciones y responsabilidades inherentes al cargo que desempeña el docente o
directivo y al logro de los resultados.
Será realizada al terminar cada año escolar a los docentes o directivos que hayan servido en el establecimiento
por un término superior a tres (3) meses durante el respectivo año académico. El responsable es el rector o
director de la institución y el superior jerárquico para el caso de los rectores o directores.
Parágrafo. El Gobierno Nacional reglamentará la evaluación de desempeño, los aspectos de la misma, y la
valoración porcentual de cada uno de los instrumentos y de los evaluadores, de acuerdo con los artículos
siguientes.
ARTÍCULO 33. Instrumentos de evaluación de desempeño. Para evaluar el desempeño de los docentes y
directivos docentes se podrán emplear entre otros, los siguientes instrumentos de evaluación: pautas para
observación de clases y de prácticas escolares; instrumentos para evaluaciones de superiores y colegas;
encuestas para evaluación de los padres y estudiantes; criterios para el análisis de información sobre logros de
los estudiantes; evaluación del consejo directivo; autoevaluación del docente y del directivo docente; evaluación
de los directivos por parte de los docentes.
ARTÍCULO 34. Aspectos a evaluar en el desempeño: Los instrumentos de evaluación de desempeño estarán
diseñados de forma tal que permitan una valoración de los siguientes aspectos de los docentes evaluados:
dominio de estrategias y habilidades pedagógicas y de evaluación; manejo de la didáctica propia del área o
nivel educativo de desempeño; habilidades en resolución de problemas; nivel de conocimiento y habilidades
relacionadas con el plan de estudios de la institución; actitudes generales hacia los alumnos; manejo de las
relaciones del grupo; trato y manejo de la disciplina de los alumnos; sentido de compromiso institucional;
preocupación permanente por el mejoramiento de la calidad de la educación; logro de resultados.
Parágrafo. Para los directivos se expedirá una reglamentación especial sobre las áreas de desempeño a
evaluar, las cuales den cuenta por lo menos de: su liderazgo; eficiencia; organización del trabajo; resultados de
la institución educativa, medida de acuerdo con los índices de retención y promoción de los alumnos y con los
resultados de la evaluación externa de competencias básicas de los estudiantes, que se realizará cada tres (3)
años.
ARTÍCULO 35. Evaluación de competencias. La competencia es una característica subyacente en una
persona causalmente relacionada con su desempeño y actuación exitosa en un puesto de trabajo.
La evaluación de competencias será realizada cada vez que la correspondiente entidad territorial lo considere
conveniente, pero sin que en ningún caso transcurra un término superior a seis (6) años entre una y otra. Se
hará con carácter voluntario para los docentes y directivos docentes inscritos en el Escalafón Docente que
pretendan ascender de grado en el Escalafón o cambiar de nivel en un mismo grado. Se hará por grados en el
escalafón y por cargos directivos docentes. Debe permitir la valoración de por lo menos los siguientes aspectos:
competencias de logro y acción; competencias de ayuda y servicio; competencias de influencia; competencias
de liderazgo y dirección; competencias cognitivas; y competencias de eficacia personal.
Parágrafo. El Ministerio de Educación Nacional será responsable del diseño de las pruebas de evaluación de
competencias y definirá los procedimientos para su aplicación, lo cual podrá hacerse a través de cualquier
entidad pública o privada que considere idónea.
ARTÍCULO 36. Resultados y consecuencias de las evaluaciones de desempeño y de competencias. Las
evaluaciones de desempeño y de competencias tendrán las siguientes consecuencias según sus resultados:
1. Evaluación ordinaria periódica de desempeño anual:
El docente que obtenga una calificación inferior al sesenta por ciento (60%), la cual se considera no
satisfactoria, durante dos (2) años consecutivos en evaluación de desempeño, será excluido del escalafón y,
por lo tanto, retirado del servicio.
Los directivos docentes que obtengan una calificación inferior al sesenta por ciento (60%) durante dos (2)
años consecutivos, serán regresados a la docencia una vez exista vacante, si provenían de la docencia
estatal; en cuyo caso percibirán el salario que corresponda a dicho cargo, de acuerdo con el grado y el nivel
salarial que poseían. Si no provenían de la docencia estatal, serán excluidos del Escalafón Docente y
retirados del servicio.
2. Evaluación de competencias:
Serán candidatos a ser reubicados en un nivel salarial superior, o a ascender en el escalafón docente, si
reúnen los requisitos para ello, quienes obtengan más de 80% en la evaluación de competencias. Para las
reubicaciones y ascensos se procederá en estricto orden de puntaje hasta el monto de las disponibilidades
presupuestales anuales.
Parágrafo . Las evaluaciones de desempeño son susceptibles de los recursos de reposición y apelación, los
cuales deben ser resueltas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación, por el inmediato
superior y por el superior jerárquico respectivamente.
ojo con esto
ARTÍCULO 38. Formación y capacitación docente. La formación, capacitación, actualización y
perfeccionamiento de los educadores en servicio debe contribuir de manera sustancial al mejoramiento de la
calidad de la educación y a su desarrollo y crecimiento profesional, y estará dirigida especialmente a su
profesionalización y especialización para lograr un mejor desempeño, mediante la actualización de
conocimientos relacionados con su formación profesional, así como la adquisición de nuevas técnicas y medios
que signifiquen un mejor cumplimiento de sus funciones.
El Gobierno Nacional reglamentará los mecanismos, formas y alcances de la capacitación y actualización.
martes, 3 de septiembre de 2013
LAS VENTAJAS QUE NOS APORTAN LAS TIC .
Los docentes necesitan estar preparados para empoderar a los estudiantes con las ventajas que les aportan las TIC. Escuelas y aulas –ya sean presenciales o virtuales– deben contar con docentes que posean las competencias y los recursos necesarios en materia de TIC y que puedan enseñar de manera eficaz las asignaturas exigidas, integrando al mismo tiempo en su enseñanza conceptos y habilidades de estas. Las simulaciones interactivas, los recursos educativos digitales y abiertos (REA), los instrumentos sofisticados de recolección y análisis de datos son algunos de los muchos recursos que permiten a los docentes ofrecer a sus estudiantes posibilidades, antes inimaginables, para asimilar conceptos.
Las prácticas educativas tradicionales de formación de futuros docentes ya no contribuyen a que estos adquieran todas las capacidades necesarias para enseñar a sus estudiantes y poderles ayudar a desarrollar las competencias imprescindibles para sobrevivir económicamente en el mercado laboral actual. Para atender esta realidad, el proyecto ECD-TIC ofrece un marco de referencia completo para estos estándares :
atendiendo el “Marco de políticas educativas” subyacente;
examinando los componentes de la reforma de la educación y desarrollando un conjunto de matrices de competencias para docentes que correspondan a los distintos enfoques en materia de políticas educativas y a los componentes de la reforma del sistema educativo; y
ofreciendo una descripción detallada de las competencias específicas en TIC que los docentes deben adquirir en el contexto de cada conjunto o módulo de competencias.
La finalidad de la UNESCO es armonizar la formación de docentes con los objetivos nacionales en materia de desarrollo. Para desarrollar estos Estándares se definieron tres factores de productividad: profundizar en capital (capacidad de los trabajadores para utilizar equipos más productivos que versiones anteriores de estos); mejorar la calidad del trabajo (fuerza laboral con mejores conocimientos, que pueda agregar valor al resultado económico); e innovar tecnológicamente (capacidad de los trabajadores para crear, distribuir, compartir y utilizar nuevos conocimientos).
Estos tres factores de productividad sirven de base a tres enfoques complementarios que vinculan las políticas educativas al desarrollo económico:
Incrementar la comprensión tecnológica de estudiantes, ciudadanos y fuerza laboral mediante la integración de competencias en TIC en los planes de estudios –currículos- (enfoque de nociones básicas de Tecnología).
Acrecentar la capacidad de estudiantes, ciudadanos y fuerza laboral para utilizar conocimientos con el fin de adicionar valor a la sociedad y a la economía, aplicando dichos conocimientos para resolver problemas complejos y reales (enfoque de profundización de conocimientos).
Aumentar la capacidad de estudiantes, ciudadanos y fuerza laboral para innovar, producir nuevo conocimiento y sacar provecho de éste (enfoque de generación de conocimiento).
Tomado de:
http://www.eduteka.org/EstandaresDocentesUnesco.php
miércoles, 29 de mayo de 2013
PIENSA _ ALIMÉNTATE _ AHORRA Dia Mundial Del Medio Ambiente 5 Junio / 2013
El Día Mundial del Medio Ambiente tiene como lema este año Piensa.Aliméntate.Ahorra, una campaña para de reducir los desechos y las pérdidas de alimentos.
Según FAO, cada año se desperdician 1,3 billones de toneladas de comida. Esta cifra equivale a la producción alimentaria de todo el África Subsahariana. Al mismo tiempo, una de cada siete personas del planeta se va a la cama hambrienta y más de 20.000 niños de menos de 5 años mueren de hambre cada día.
Teniendo en cuenta este enorme desequilibrio y los efectos devastadores que esto tiene para el medio ambiente, el tema de este año, Piensa.Aliméntate.Ahorra, pretende dar a conocer el impacto que tienen nuestras decisiones alimentarias y cómo tomarlas 100% informados.
Actualmente, nuestro planeta trata de ofrecer los recursos necesarios para sus 7 billones de habitantes (9 millones en 2050), sin embargo, FAO estima que un tercio de la producción alimentaria se pierde o es desechada. Este hecho es altamente perjudicial para las fuentes naturales de recursos y genera consecuencias negativas en el medio que nos rodea.
La campaña Piensa.Aliméntate.Ahorra quiere animarte a actuar. Quiere que seas testigo de cómo ciertas decisiones reducen el volumen de desechos, ahorran dinero y disminuyen el impacto medio ambiental de la producción de alimentos.
Si desperdiciamos comida, significa que todos los recursos empleados para producirla también lo son. Así por ejemplo, producir un litro de leche supone gastar 1.000 litros de agua o producir una hamburguesa 16.000 litros... Todas esas emisiones de gas durante el proceso habrán sido en balde si desechamos alimentos.
De hecho, la producción global de alimentos ocupa un 25% de la superficie habitable, un 70% de consumo de agua, un 80% de deforestación y un 30% de gases. Es, por tanto, uno de las actividades que más afectan a la pérdida de biodiversidad y a los cambios en el uso del suelo.
Pero, ¿qué significa tomar decisiones informadas? Elegir aquellos alimentos cuyo impacto al medio ambiente es menor, es el caso de la comida orgánica en la que apenas se usan productos químicos. O adquirir productos en mercados locales en los que se sabe que no ha sido necesario el transporte y por tanto, no han supuesto tantas emisiones de gas.
En definitiva, se trata de que pienses antes de alimentarte y así ahorres para proteger el medio ambiente.
viernes, 17 de agosto de 2012
La velocidad incentiva los sentidos en los jóvenes
El hecho de añadir a las actitudes las cualidades de las emociones permite que se consideren como un proceso de aceptación y rechazo o de componente positivo o negativo, como por ejemplo la tendencia a la seguridad o al riesgo.
martes, 26 de junio de 2012
Programa de Transformación de la Calidad Educativa
El Ministerio de Educación Nacional en el marco de la política "Educación de Calidad, el Camino a la Prosperidad" ha propuesto dentro de sus objetivos centrales mejorar los aprendizajes de las niñas, niños y jóvenes colombianos, para lo que ha diseñado el Programa para la Transformación de la Calidad Educativa, que incluye entre sus componentes una estrategia de formación continua y acompañamiento dirigida a los educadores de nuestro país, para el fortalecimiento de sus competencias profesionales.
En las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 se enfatiza en que "el propósito fundamental de los próximos cuatro años será mejorar la calidad de la educación, considerada el instrumento más poderoso para reducir la pobreza y el camino más efectivo para alcanzar la prosperidad" y en esta apuesta, el desarrollo profesional de los educadores juega un papel fundamental, entendiendo precisamente que son actores fundamentales del mejoramiento de la calidad educativa.
NUESTRA PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA FUE REALIZAR UNA CLASE MUESTRA Y DE ELLA EFECTUAR SU RESPECTIVO ANÁLISIS DEL PROCESO ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE CON LOS ESTUDIANTES DEL GRADO 5-3 JORNADA DE LA MAÑANA i.e MANUEL QUINTERO PENILLA
NUESTRA PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA FUE REALIZAR UNA CLASE MUESTRA Y DE ELLA EFECTUAR SU RESPECTIVO ANÁLISIS DEL PROCESO ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE CON LOS ESTUDIANTES DEL GRADO 5-3 JORNADA DE LA MAÑANA i.e MANUEL QUINTERO PENILLA
martes, 13 de marzo de 2012
¿QUE HACER CUANDO SE PRODUCE UN ACCIDENTE DE TRABAJO ? Reportarlo ... !
1. Informar al Rector ò al COVISO de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
2. Diligenciar el formato de Notificación de Accidente de Trabajo.
3. Si el evento genero incapacidad medica , adjuntar una copia de esta y de la historia clínica de la atención del evento.
4. Adjuntar carta de la i.e firmada por el Rector , en la que se describa el evento ocurrido y las funciones / actividades que se encontraba realizando el accidentado.
5. Adjuntar copia de la cédula y el carnet de salud .
6. Enviar por fax , correo electrónico ò físico donde se hace llegar el formato original diligenciado y los demás documentos , en el plazo máximo de 2 días hábiles siguientes al evento dirigido al departamento de salud ocupacional de COSMITEL .Ltda .
Carrera 40 Nº 5 C - 46 Piso 2
Centro Medico El Bosque
B/ Tequendama - Cali
Tel : 5134101 Ext. 1239 - 1211
Salud_ocupacional@cosmitel.net
RECUERDE QUE ?
* Quien debe hacer el reporte de accidente de trabajo es , en primera instancia el docente afectado.
* Las incapacidades generadas de trabajo REPORTADOS y CALIFICADOS como AT por medicina laboral de COSMITET , No generan descuentos sobre el salario.
* Diariamente ocurren muchos sucesos en las i.e , que por simples que parezcan No dejan de ser un " ACCIDENTE DE TRABAJO" .Las consecuencias sobre la salud de algunos accidentes de trabajo No se observan inmediatamente sino que aparecen con el tiempo ; de ahí la importancia de reportar todos los eventos.
Dejar de reportar un accidente de trabajo puede traer consecuencias físicas , sociales y económicas
ACCIDENTE DE TRABAJO !
Un accidente de trabajo nos puede ocurrir en cualquier momento.
Tomado del texto original del código sustantivo del trabajo , Art. 199 : Se entiende por accidente de trabajo todo suceso imprevisto y repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca al trabajador una lesión orgánica ò perturbación funcional permanente ò pasajera , y que no haya sido provocado deliberadamente ò por culpa grave de la victima
Suscribirse a:
Entradas (Atom)





